Mega DNU: La Justicia hizo lugar al amparo presentado por la CTA
En el día de hoy, la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con votos de la Dra. Andrea García Vior y Alejandro Sudera, revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de amparo presentada por la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA) contra el DNU 70/2023 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional.
“Disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 (B.O. 21/12/2023) en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo”, sostiene la resolución que firman los jueces Vior y Sudera, quienes son los magistrados de feria en la Cámara del Trabajo.
De esta manera, el Tribunal resolvió:
1. Admitir la vía procesal del amparo para analizar la constitucionalidad del DNU;
2. Admitir la competencia laboral para entender en la causa;
3. Admitir la legitimación activa de la CTA para promover el amparo;
4. Admitir el planteo de “exclusión” de la acción de clase que tramita ante el fuero Contencioso Administrativo Federal;
5. Admitir la recusación de la jueza de primera instancia que rechazó la demanda, por haber adelantado opinión sobre el fondo del asunto;
6. Hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la CTA disponiendo la “suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 (B.O. 21/12/2023) en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo”.
Es importante destacar que en el fallo se señala claramente que el DNU representa una reforma laboral de aplicación inmediata en materia laboral que causa perjuicios graves que son imposibles de reparación posterior.
Los jueces señalaron entre sus argumentos para dictar la nueva medida cautelar “los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada”.
“Con este fallo, la Justicia pone un freno a quien piensa que simplemente firmando decretos se pueden eliminar derechos laborales que llevan décadas de luchas, de discusiones en los ámbitos de la democracia de leyes, de acciones del Congreso. El Poder Ejecutivo deberá entender que en Argentina hay tres poderes y que es antidemocrático avasallar el rol de los otros poderes” expresaron fuentes de la Central de Trabajadores tras conocerse la medida.