El campo y los desequilibrios tributarios
Cosecha de trigo en la localidad de Humboldt Crédito: El Cronista Regional

El campo y los desequilibrios tributarios

Es el campo, punto neurálgico de la producción nacional y reserva generadora de recursos disponibles para la inversión y recuperación del sistema productivo, quien debe soportar una insostenible carga tributaria aplicada sobre la rentabilidad, fruto de una política fiscal desactualizada y confiscatoria. Política aplicada ex profeso y con conocimiento de causa a través de la cual, “con la excusa de disminuir la ‘enorme evasión fiscal del campo’ se están transfiriendo recursos al Estado…” (1) los que, sumados a los gravámenes sobre la exportación (1.900 millones de dólares anuales), ascienden a unos 6.500 millones de dólares. Política que se expresa en la presión tributaria directa sobre el capital empresario: el Impuesto a las Ganancias.

Dicho impuesto -uno de los gravámenes que debe tributar el sector rural- actualmente se entiende como un porcentaje de la ganancia neta imponible (35 % para las personas de existencia ideal y entre 9 y 35 % para las personas de existencia visible). En este marco, el alto nivel de inflación vigente en la economía y el igualmente elevado valor de la moneda norteamericana generan ganancias ficticias en los balances contables que desbordan la real rentabilidad del campo.

La exigencia de los productores alzados en el reclamo consiste en la inmediata aplicación con base jurídica de una tasa por inflación (es decir, un mecanismo que permita adecuar los balances finales a la evolución del ritmo inflacionario). Al no estar vigente este ajuste y siendo el monto a tributar excesivamente oneroso, tanto la continuidad de la producción como el financiamiento de los establecimientos agropecuarios se encuentran en una situación de precaria estabilidad y notorio riesgo. “Si no se permite el ajuste por inflación en la liquidación del Impuesto a las Ganancias, se producirá una enorme transferencia de recursos del campo y las economías regionales al Estado Nacional” (2). Así se explica la profunda preocupación de la gente rural.

Mencionamos que la tasa impositiva del Impuesto a las Ganancias es del 35 %. Recientemente, Economía dispuso para este año reducir al 30 % dicho canon para sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. Esta medida, según las voces demandantes, no favorece una cambio lo suficientemente sustancial como para modificar el panorama.

Aludiendo a los efectos reales de esta carga tributaria, “al sector le cuesta el 10 % del stock ganadero (700 mil cabezas) según lo que pide el Estado en materia tributaria”, sentenció con tono de preocupación Francisco Mayoráz, presidente de la Sociedad Rural de San Cristóbal. Este tema generó en las últimas semanas una avalancha de presentaciones judiciales en todo el país. Al respecto, el abogado especialista en tributos Guillermo Zenclusen, quien disertara recientemente en la ciudad de San Cristóbal, sostuvo que “la solución jurídica más viable para el productor afectado es la solicitud de una acción de amparo. A través de este recurso, de naturaleza expedita y cautelar, se le pide al juez protección y resguardo de los derechos garantizados jurídicamente. Dicho amparo debe presentarse antes de la declaración jurada”. El profesional afirmó que, con la política fiscal vigente, “se rompen los pilares del sistema tributario al no considerar los efectos de la inflación. El Impuesto a las Ganancias termina absorbiendo las ventas y parte del patrimonio”.

Estos desfases condenan al pequeño productor agropecuario a la pérdida de sus bienes, por la imposibilidad de cumplir con las inequitativas exigencias fiscales. Así sobreviene inevitablemente la hipoteca del campo y el remate. Quizás los beneficiarios finales de este proceso sean las multinacionales, que pretenden apropiarse de las tierras con los remates de los campos provinciales.

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