Sarmiento y un error del Enress
A raíz del informe que publicara El Santafesino en su edición anterior, referido a la resolución Nº 740/07 que establece exigencias para alcanzar parámetros de calidad del agua potable en los pueblos y ciudades fuera del área de concesión, salió a la luz un error del Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress) respecto de la inclusión de un prestador en los grupos conformados dentro de esa normativa.
La Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos, Telefónicos, Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Sarmiento, advirtió mediante una nota al Ente, que la misma no está contemplada dentro del Grupo III (calidad regular), sino dentro del Grupo I (calidad buena). “Por un error de transcripción se ha incluido al servicio dentro del Grupo III, siendo que en realidad debió habérselo incluido en el Grupo I de la Resolución Nº 740/07” señala una nota enviada por el Enress a las autoridades de la Cooperativa.
“Más allá del cumplimiento del Límite Recomendado de los parámetros Arsénico y Nitratos verificados en los últimos controles realizados por el Enress, al estar incluida en el citado Grupo I, esa Cooperativa deberá cumplir en un plazo máximo de 6 años con los niveles de calidad que se establecen en el Anexo A de la Ley Nº 11.220” advierte la misiva firmada por el Ing Edgardo Berli, gerente de Relaciones Institucionales del Enress. Esto refiere, como publicó El Santafesino, al cumplimiento de los parámetros de calidad del agua potable relativos a componentes químicos que inciden en el color y sabor del líquido elemento sin afectar la salud de las personas.
Quedá aclarado así, que la Cooperativa de Sarmiento presta un servicio de agua potable de buena calidad según ratifica el propio Enress, al margen de la obligación de continuar realizando los controles y las mejoras necesarias para garantizar una óptima prestación del servicio.