La Defensoría sugirió observar la reconversión pesquera
La Defensoría sugirió observar la reconversión pesquera
Política
Redacción El Santafesino
11 de noviembre de 2007
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La Defensoría sugirió observar la reconversión pesquera

El Defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe, Carlos Bermúdez, recomendó al Consejo Provincial de Reconversión Pesquera la promoción sostenida de las actividades previstas en la Ley 12.703.

Dicha norma establece, en su artículo 10, que toda persona física o jurídica que adquiera productos de la pesca de río con destino a la exportación, deberá obligatoriamente presentar ante la secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, un plan anual que contemple el repoblamiento y/o devolución al medio de especies autóctonas en relación a la masa total comercializada y según la especie.

El plan anual se presentará durante los meses de septiembre y octubre y deberá, para su implementación, ser aprobado por el Órgano de Aplicación. El incumplimiento, o su presentación tardía, serán sancionados conforme lo dispuesto en la ley.

Paralelamente, Bermúdez solicitó el establecimiento de un sistema de asistencia económica mensual a todos los pescadores que durante los meses de noviembre y diciembre de 2007 y enero de 2008 tienen prohibida la actividad de la pesca de río, en un monto acorde a la importante pérdida de rentabilidad económica que les implica la aplicación de la Ley 12.703.

En los considerandos de la resolución 238, el Defensor del Pueblo advierte que durante el año en curso se asignaron cupos para exportación del sábalo, a un número mayor de establecimientos que los permitidos por la Ley 12.703, de donde se puede deducir que, a criterio de la secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, la situación ambiental permitía otorgar ese beneficio a los acopiadores y frigoríficos.

Más adelante, sostiene que ante la interrupción de las necesidades básicas de los trabajadores del río se hace imprescindible la inmediata respuesta del Estado extendiendo la ayuda económica mensual a todos los afectados.

La recomendación del Defensor del Pueblo de Santa Fe no cuestiona las medidas restrictivas para la pesca, como la veda, por estar direccionadas a la conservación del recurso ictícola como patrimonio de toda la comunidad y tratarse de un interés colectivo de los habitantes de nuestra provincia, pero sostiene que en la instrumentación de dichas medidas no se puede soslayar la realidad social preexistente de los numerosos pescadores afincados en todo el litoral fluvial de la provincia, que durante este período se verán privados de su medio de subsistencia.

La resolución de marras tiene su origen en la presentación efectuada por pescadores afiliados al sindicato SI.PE.SA., de las localidades de Santa Fe, Puerto Aragón, Barrancas, Helvecia, Desvío Arijón, Santa Rosa de Calchines, Monje, Puerto San Martín, Cayastá, Arroyo Leyes, Villa Constitución y Pueblo Ester, a raíz de la pérdida de rentabilidad económica en sus actividades cotidianas de pesca y comercialización y que solicitan ser incorporados al padrón de beneficiarios de subsidios previsto para afrontar la temporada de veda prevista en la Ley provincial Nº 12.703.

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