La municipalidad de Santa Fe controlará concesionarias y locales de venta de motos
El intendente Jatón y el ministro de Seguridad de la provincia, Jorge Lagna, firmaron otro convenio de cooperación. Crédito: Municipalidad de Santa Fe

La municipalidad de Santa Fe controlará concesionarias y locales de venta de motos

El intendente Jatón firmó un convenio con la Agencia Provincial de Seguridad Vial para el cumplimiento de la Ley provincial que establece la obligatoriedad de comercializar cada motovehículo patentado y con casco.

La municipalidad de la ciudad de Santa Fe firmó un convenio con la Agencia Provincial de Seguridad Vial a través del cual, la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana municipal realizará controles en concesionarias y locales donde se venden motos. El fin es dar cumplimiento a la Ley provincial Nº 13.016, sancionada en 2009, que establece que la comercialización debe realizarse obligatoriamente entregando el casco reglamentario, con la inscripción del rodado en el Registro de la Propiedad Automotor y con la entrega de la placa (patente) respectiva.

El acuerdo fue rubricado por el intendente, Emilio Jatón; el secretario de Control y Convivencia Ciudadana del municipio, Fernando Peverengo; y el subsecretario de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), Osvaldo Aymo. La implementación es en forma inmediata a partir de la rúbrica.

Jatón afirmó que “es algo que veníamos charlando con autoridades provinciales, en especial con la Agencia, para trabajar sobre una problemática que tiene la ciudad de Santa Fe y es la circulación de motovehículos sin identificación y sin casco”.

“Ahora vamos a tener las herramientas necesarias para llegar a esos locales de venta y saber cómo se está trabajando no sólo con la documentación para el patentamiento sino también la obligación de vender las motos con el casco correspondiente”, insistió.

En la misma línea, aseveró que “este convenio nos da la certeza de salir a controlar, acción que hasta ahora no podíamos hacer formalmente”. Cabe aclarar que, en caso de incumplimiento, la Ley provincial establece multas y/o clausuras ante las reincidencias.

Cumplir con la ley

En cuanto a los comercios que no tienen venta exclusiva de motos, Peverengo adelantó que ya se mantuvieron reuniones “con los representantes de la Cámara, pero se abrió tanto el mercado que este convenio nos permite llegar a cada comercio, independientemente de si es una casa de electrodomésticos, por ejemplo. Nuestros inspectores van a poder controlar todos los locales”, remarcó.

Por su parte, Aymo destacó el trabajo articulado entre la municipalidad y la provincia: “El tema de la seguridad es tan complejo que no se puede abordar solo”, dijo, y luego agregó: “Con este convenio queremos hacer cumplir la legislación vigente en dos temas que son importantes a la hora de hablar de la circulación de las motos en la ciudad: patente visible y uso del caso”.

La norma vigente

La Ley provincial Nº 13.016 fue sancionada en 2009 y reglamentada por el Ejecutivo provincial en 2013, a través del Decreto Nº 4300 que designa a la Agencia Provincial de Seguridad Vial como autoridad de aplicación y establece la posibilidad de celebrar convenios con municipios y comunas para que puedan fiscalizar y multar. No obstante, para adherir a la norma, las municipalidades debían dictar una ordenanza y designar una autoridad de aplicación que firme el convenio y se encargue de aplicar y controlar.

En la ciudad de Santa Fe, la Ordenanza de adhesión a la Ley es la N° 12.019 y fue sancionada en 2014. Sin embargo, nunca se dictó un acto administrativo que designe a la autoridad de aplicación. Recién en diciembre de 2020 se firmó el Decreto N° 285 por el cual se fija a la Secretaria de Control y Convivencia Ciudadana en ese rol.

Según establece la normativa, los concesionarios y locales de venta deberán consignar en la factura el tipo, el modelo y el fabricante del casco reglamentario que se entrega con la moto. Además, deberán presentar semestralmente una declaración jurada con las marcas y los modelos de los rodados y los cascos, números de facturas de venta, y dominios gestionados para cada rodado.

Además, deberán exhibir en sus locales un letrero con la leyenda: “Se prohíbe la venta de rodados sin su correspondiente casco reglamentario”. El vendedor deberá, previo a la entrega de la moto, verificar que se haya cumplimentado con la inscripción registral y con la entrega de las placas, conforme a lo dispuesto por el Régimen Jurídico del Automotor.

Retención de motos

Por otra parte, el intendente Jatón y el ministro de Seguridad de la provincia, Jorge Lagna, firmaron otro convenio de cooperación, en este caso, para desarrollar acciones que garanticen el cumplimiento del Decreto Provincial N° 460/22. El mismo refiere a la retención de motovehículos en operativos de identificación de personas que circulen en ellos y no puedan acreditar la titularidad del dominio, legítima posesión o autorización de uso.

En ese marco, se establece que cuando la autoridad policial disponga la retención preventiva de una moto, se labrará el acta de retención correspondiente y el rodado será remitido al depósito municipal. Por su parte, el municipio se compromete a habilitar la recepción de los motovehículos durante las 24 horas, todos los días del año.

Finalmente se fija que el convenio tendrá una vigencia de dos años y se prorrogará de manera automática ininterrumpidamente.

Cifras

Desde la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana municipal se informó que durante el primer trimestre de 2022 se retuvieron 1898 motovehículos de los cuales, 48% no contaba con patente o la misma se encontraba adulterada. De ese total de rodados trasladados al corralón, el 21% no fue retirado.

Por otra parte, la cantidad de motos retenidas en el primer trimestre de 2021 fue 664, lo que habla de un incremento interanual de 185%. En el primer semestre de ese mismo año se retuvieron 1800 motos mientras que en el segundo semestre, la cifra se duplicó (3840), lo que significa un incremento del 113%.

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