La UCR insiste y reclama una banca en Diputados
Edgardo Martino Crédito: Archivo
Política
Redacción El Santafesino
2 de octubre de 2007
Diputados Edgardo Martino Felipe Michlig Tribunal Electoral

La UCR insiste y reclama una banca en Diputados

Tras la elección general del pasado 2° de septiembre en Santa Fe para todos los cargos provinciales, la Cámara de Diputados quedó establecida por 28 miembros del Frente Progresista, Cívico y Social (FPCS), y 22 del resto de los partidos no ganadores, distribuidos de acuerdo al sistema proporcional de votos obtenidos, tal lo establece el sistema D’Hont.

El primer diputado que integraba la lista de la UCR Histórica encabezada por Alicia Tate, Edgardo Luis Martino (actual intendente de la ciudad de San Cristóbal) obtuvo cerca de 48 mil votos en toda la provincia. En la distribución de cargos, el Tribunal Electoral de la provincia rechazó un planteo de mera declarativa de certeza presentada por el mismo Martino, argumentando que el candidato radical quedaba afuera de la Cámara baja por no alcanzar el piso del 3% del total de votos válidamente emitidos en la elección (tal lo establece la Ley N° 9.280), y su lugar fue ocupado por un diputado electo del Frente para la Victoria (FPV) –quien obtuvo poco más de 29 mil votos- para completar las 22 bancas de la oposición.

Ese piso del 3% es establecido por la referida ley establece -complementaria a la derogada Ley de Lemas-. El reclamo de las autoridades radicales –de acuerdo a diversas consultas realizadas por este medio- se fundamenta en la no operatividad de la mencionada ley, puesto que el nuevo régimen electoral establece la derogación de la ley de lemas y “de todas las leyes que se opongan a la presente” -entre ellas la N° 9.280-. El nuevo régimen electoral, al no establecer un piso de votos obtenidos para las elecciones generales (sí para las primarias –el 20 %- en los cargos comunales y municipales, en complementariedad con la Ley Orgánica de Municipios y Comunas), habilitaría la discusión sobre si el actual intendente sancristobalense puede acceder a un lugar en Diputados (quien, de darse su ingreso, entraría como número 14 entre los 22 diputados del arco opositor).

Frente al revés del Tribunal Electoral, el Comité Provincial de la UCR presentó un recurso de inconstitucionalidad amparándose en el argumento antes expresado, en la vigencia por sobre toda ley del artículo 32 de la Carta Magna provincial y en el reconocimiento a la representatividad de las fuerzas políticas minoritarias.

Según las fuentes partidarias a las que consultó El Santafesino, la UCR presentó este recurso bajo el fundamento de que no se respeta el artículo 32 de la Constitución Provincial, que establece la distribución por sistema D’Hont de los cargos en la Cámara baja (28 para el partido ganador y 22 para el resto de los partidos), de acuerdo a la cantidad de sufragios obtenidos por cada candidato. Si hace lugar al recurso, será la Corte de justicia de la Provincia quien deberá expedirse y dar una resolución a la controversia.

Vale recordar que el artículo 32 de la Carta Magna provincial establece: “ A la Cámara de Diputados se componen de 50 miembros elegidos directamente por el pueblo (…), correspondiendo 28 diputados para el partido que obtenga el mayor número de votos y 22 para el resto de los partidos, en proporción a la cantidad de sufragios que hubieran logrado. Los partidos políticos incluirán en sus listas candidatos por lo menos uno con residencia en cada departamento (…)”. De acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico, nunca una ley puede estar por encima de la Constitución. Las mismas fuentes consultadas reforzaron el argumento orgánico partidario, sosteniendo además que, con la disposición del Tribunal, “se está incurriendo en una falta de respeto hacia la representatividad política de las minorías partidarias en las cámaras”.

En una entrevista publicada días atrás en el vespertino de Santa Fe, el destacado constitucionalista Reynaldo Vanossi manifestó que, de acuerdo a la actual normativa electoral, le correspondería una banca a Edgardo Martino. El especialista dijo que “no está clara la vigencia del piso del 3% del padrón que invoca el Tribunal Electoral. Y que, ante la duda, “debe primar el principio constitucional que favorece la representación de las minorías“ (Diario El Litoral, 15/09/07).

Otras versiones consultadas por El Santafesino señalaron además que en la interna abierta se computaron los votos para cada candidato sin tener en cuenta los votos en blanco (válidamente emitidos o positivos). En la elección general sí se contaron los votos en blanco. En ésta última Martino obtuvo, según el piso que establece la Ley N° 9.280, 2,72 %, y sin los votos en blanco obtendría el 3,07%. Así supuestamente superaría el 3 %; no obstante, la UCR descarta la vigencia del 3% que estipula la Ley N° 9.280, “por entenderse fue derogada con la Ley de Lemas”. Deberá esperarse qué decisión adopta el Tribunal Electoral ante el pedido de inconstitucionalidad presentado por la UCR, la cual puede llevar a que la cuestión se dirima en la Justicia provincial.

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