Los fundamentos para la creación de una Banca Pública en Santa Fe
Los ministros Saglione y Ciciliani junto al gobernador Miguel Lifschitz Crédito: Archivo
Economía
Redacción El Santafesino
23 de abril de 2019
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Los fundamentos para la creación de una Banca Pública en Santa Fe

Hay puntos que merecen un análisis por su característica, por su novedad y por su vinculación con los objetivos de Gobierno de cara a la nueva gestión que se estará disputando en breve, y que le serán solicitados al nuevo Agente Financiero.

En los primeros pasos de este 2019, la provincia de Santa Fe a través del Ejecutivo ha dado claras señales de que en materia financiera, cambiaria y crediticia introducirá modificaciones y nuevas obligaciones al nuevo agente financiero, así como también incursionará la posibilidad de crear -por un lado- un banco público; y por el otro, constituir un Fondo de Garantías y un Fideicomiso Financiero por medio de dos proyectos de ley ingresados a la Legislatura.

Agente Financiero y Caja Obligada

El 12 de julio de 1991, el Banco Provincial de Santa Fe se convirtió en una sociedad anónima con la participación mayoritaria de propiedad del Estado provincial, y cambió su nombre por el de Banco de Santa Fe SAPEM. Solo 5 años después fueron necesarios para que por Ley de Privatización (Ley 11.387) que se votó con éxito, el banco finalmente fuese privatizado, y pase a denominarse Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en el año 1996.

En la actualidad, Argentina cuenta con tan sólo 3 bancos públicos: El Banco Ciudad (Capital Federal); Banco Provincia (Provincia de Buenos Aires) y el Banco de la Nación Argentina. El resto de los bancos provinciales, han corrido la misma suerte de aquellas olas de privatizaciones de los años 90 sobre la que tanta tinta ya se consumido al respecto, por lo que merece un vuelta de página.

Mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 288 del 4 de marzo de 2009, se realizó una Licitación Pública para seleccionar a una entidad bancaria que actúe como Caja Obligada y Agente Financiero de la Administración Pública Provincial, resultando adjudicado el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., celebrándose el contrato de vinculación respectivo por un plazo de 5 (cinco) años. Luego, de acuerdo a las previsiones establecidas en el pliego, mediante Resolución N° 131 del 31 de marzo de 2014 se procedió a prorrogar dicho contrato por un plazo de 5 (cinco) años más con vencimiento en fecha 30 de junio de 2019.

Atento al vencimiento mencionado, el Decreto 251 de fecha 12 de febrero de 2019, aprueba el pliego de bases y condiciones que regirá la Licitación Pública N.° 23/19 para la selección de una entidad bancaria que actúe como Agente Financiero y Caja Obligada de la Provincia de Santa Fe. El extenso pliego contiene desde los más mínimos detalles que tendrá en cuenta la entidad bancaria que se presente y que puede llevar a que el agente financiero actual (Nuevo Banco de Santa Fe S.A.) deje de serlo.

Hay puntos que merecen un análisis por su característica, por su novedad y por su vinculación con los objetivos de Gobierno de cara a la nueva gestión que se estará disputando en breve, y que le serán solicitados al nuevo Agente Financiero.

Uno de los primeros que menciona el Pliego de Licitación surge de la relación actual que existe entre los empleados públicos y el Agente Financiero, derivada del servicio de pago de haberes, por lo que se ha resuelto exigir a los oferentes que incluyan líneas de financiamiento para consumo a tasas preferenciales para los empleados públicos provinciales, municipales y comunales de la Provincia de Santa Fe;

Como segundo punto, y guardando directa relación con el proyecto de Ley de creación del Fondo de Garantía y la creación del Fideicomiso Financiero, el Poder Ejecutivo ha previsto una participación en los beneficios que obtiene el banco por su actuación como Agente Financiero y Caja Obligada, estableciendo con este fin el pago de un canon por parte de la entidad que resulte seleccionada.

Las entidades bancarias que se presenten a licitar, deberán ofertar por encima del CANON ANUAL OFRECIDO MÍNIMO que forma parte del pliego, y que se estipula como base para el primer año en un 3,5% de la masa salarial liquida mensual de la Provincia que se ordena por cronograma de haberes. Según datos suministrados de la masa salarial de Enero de 2019, representarían alrededor de $22.000.000 mensuales, que serán pagados a la Provincia en forma trimestral.

En tercer lugar,  y referido a cuestiones territoriales, el Adjudicatario deberá contar en un plazo de tres (3) meses desde la firma del contrato, con la misma cantidad y ubicación por Ciudades y Comunas, de Filiales, Cajeros automáticos y Otras Dependencias que el actual Agente Financiero tenga habilitados por el BCRA en la rovincia de Santa Fe, al 31 de Diciembre de 2018. Para ello, tiene permitido la posibilidad de realizar convenios con terceras entidades.

El Plan de Negocios exigido, es considerando como eje prioritario para contribuir al financiamiento de la actividad productiva en la provincia de Santa Fe y al desarrollo local. Para ello, dicho plan deberá garantizar lo siguiente:

1) El fondeo del Fideicomiso Productivo a crearse por la Provincia.

2) Líneas de créditos destinadas a atender préstamos garantizados por el Fondo de Garantía a crearse.

3) La instrumentación de líneas de financiamiento a tasas de interés por debajo del promedio del mercado, para: Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes); Investigación y Desarrollo (1+0) aplicado a la innovación productiva; Comercio Exterior y estímulo a las exportaciones; Sector Agropecuario; Sector Industrial; Equipamiento del sector público municipal y comunal; Situaciones de Emergencia por Catástrofes Naturales, ya sea inundaciones, sequía y otros desastres climáticos.

Por último, y quizás muy incierto, refiere al tema del personal actual del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. El nuevo adjudicatario queda obligado a mantener, como mínimo, el mismo número de empleos existentes al momento de la licitación que estuvieren relacionados con el actual desempeño de la actividad de Agente Financiero y Caja Obligada de la Provincia de Santa Fe. Para el supuesto en el que el Adjudicatario de la Licitación fuera una entidad financiera distinta a la actual, el mismo deberá asumir la obligación de incorporar y mantener durante el plazo de vigencia del Convenio de Vinculación, todo aquel empleado que le sea transferido por el Actual Agente Financiero.

Banca Pública

El gobierno de la provincia de Santa Fe ha sido noticia a nivel nacional al elevar a la legislatura provincial dos proyectos para crear un banco provincial de desarrollo, un fondo estatal de garantías, y un fideicomiso de crédito.

El objetivo es garantizar asistencia financiera a sectores productivos y pymes que no puedan acceder a los mecanismos de crédito tradicional. Uno de los síntomas típicos de las recesiones son las restricciones de liquidez. Individuos y empresas enfrentan problemas para afrontar sus planes de gastos por el descenso de sus ingresos, y forzosamente aumenta el incumplimiento de los deudores. Obtener créditos se torna más dificultoso, y las tasas de interés “pagables” desaparecen.

Bajo el nombre ‘Banco Santafesino de Inversión y Desarrollo’ la provincia tendrá, al menos, la propiedad del 51 % del capital y la mayoría de los votos en los órganos de gobierno, administración y control o fiscalización. En el proyecto de ley, el Ejecutivo se compromete a enviar en 180 días a Legislatura para su aprobación el estatuto de entidad financiera, en los términos previstos por la Ley Nº 21.526 (Ley de Entidades Financieras).

El Fondo Fiduciario Fideicomiso Santa Fe Produce y el Fondo de Garantías Santa Fe Sapem, contempla como recursos un 50% del canon que deba abonar el agente financiero de la provincia; los que realice el mismo agente conforme a lo comprometido en su plan de negocios; aportes del Tesoro provincial y otros otorgados por organismos provinciales, nacionales e internacionales.

Los tres instrumentos tienen punto de contacto con el pliego licitatorio del agente financiero, que desarrollamos anteriormente; el nuevo agente financiero tendrá obligaciones para con cada uno de ellos derivada del nuevo contrato de vinculación y que se materializan con la creación del Canon Anual exigible.

Solo resta esperar los tiempos legislativos, tiempos que transcurren en un año electoral de profundos cambios que pueden ocurrir. Lo importante es la iniciativa de afrontar los verdaderos problemas económicos, empezando por los cambios estructurales que tanto se necesitan en nuestro país.

Por Pablo Meier

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