Condiciones para el trabajo decente en campamentos rurales
Los cantantes de la típica Franco-Cáceres, Rubén Villardel y Horacio Chelini, en Laguna Paiva, Santa Fe Crédito: Archivo El Cronista Regional

Condiciones para el trabajo decente en campamentos rurales

El ministro de Trabajo y Seguridad Social de la provincia, Carlos Rodríguez, firmó la resolución Nº 075 (ver texto), mediante la cual se aprueba el “Reglamento de Condiciones Mínimas de Trabajo Decente en los Campamentos Rurales”.

El objetivo de la iniciativa es imponer requisitos básicos de organización en los campamentos temporarios, disponiendo así un marco para el cumplimiento de derechos humanos fundamentales así como condiciones de trabajo decente relativas a vivienda, instalaciones sanitarias, transporte, comida, entre otros aspectos.

En este sentido, Rodríguez explicó que “Argentina no dispone de un marco legal específico sobre el tema. Todos recordamos que nuestro país ratificó en 2006 el convenio 184 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre salud y seguridad en la agricultura, en el cual se extienden los derechos prescriptos para los trabajadores permanentes a los temporales. Dicha ratificación implica un compromiso de modificar las leyes en un año; sin embargo, la misma no ha tenido efectos a la hora de adecuar las leyes nacionales. Como consecuencia, hoy no contamos con normativas específicas y ante este vacío, nos hemos permitido dictar dicha resolución”, señaló el ministro de Trabajo santafesino.

Derechos del trabajador: Derechos Humanos

“Creemos que esto va más allá de la salud y la seguridad en el trabajo y de la legislación laboral; tiene que ver íntimamente con los derechos humanos y como tal lo hemos considerado, de allí que hemos sacado esta resolución”, advirtió Rodríguez.

“Nos encontramos con situaciones donde las condiciones de vida de los trabajadores temporarios son indignas pero no hay ningún instrumento que regule o determine cómo deben ser las condiciones dignas para el desarrollo de la tarea. Todas las prescripciones existentes vinculadas a salud y seguridad tienen como destinatarios a los trabajadores rurales permanentes. Ante esta ausencia de legislación estimamos absolutamente indispensable –para poder operar dentro de la realidad de la provincia de Santa Fe– generar un reglamento respecto a las condiciones de vida de los trabajadores rurales temporales”, aclaró el titular de la cartera laboral.

El reglamento aplica para todo el territorio santafesino y estipula, por un lado, las condiciones de habitabilidad, así como también todo aquello que lo rodea: provisión segura de energía, ubicación de residuos, duchas y sanitarios, presencia obligatoria de pararrayos, provisión de vestimenta adecuada, infraestructura mínima, capacitación específica para la tarea que realizan, y recordatorio de los derechos de los que gozan como cualquier otro trabajador.

Trabajo decente

Entre los argumentos, la resolución indica que la especificidad del trabajo rural, regido por la estacionalidad, vuelve necesaria la explotación agraria “con la formación de vínculos laborales temporales que conllevan a la constitución de grupos de trabajadores que durante la temporada deben convivir en campamentos alejados de centros urbanos”. Por esto, “es menester abordar la reglamentación que fije pautas mínimas de hábitat en dichos campamentos toda vez que aparecen comprometidas las condiciones de vida que atañen a la dignidad y bienestar de los trabajadores”.

“Se desprende de manera inexcusable el deber de asegurar a los trabajadores un ambiente sano y seguro en miras a preservar sus derechos fundamentales a la salud, a una vivienda digna, asistencia sanitaria apropiada y descanso adecuado, de manera de englobar la realización del trabajo productivo en condiciones de libertad y seguridad. Que éste no es otro que el sentido previsto en las condiciones de realización del trabajo decente que significa aquel que es prestado en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana”, se indica en el documento.

Finalmente, y entre otros aspectos, se afirma en dicha resolución que “se infiere indispensable establecer criterios que especifiquen requisitos básicos de organización de los campamentos temporarios”.

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